CTA-FCYLF
Términos y condiciones

ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN
Las presentes condiciones corresponden a la promoción "CTA -FCYLF" llevada a cabo por INTEGRACIÓN EUROPEA DE ENERGÍA, S.A.U (en adelante INTEGRA ENERGÍA) con domicilio en social en Polígono Industrial Espíritu Santo, C/ Dinamarca, 4. 33010 OVIEDO-ASTURIAS y C.I.F. A74340464 y en ella se recogen las condiciones de la promoción y adhesión a la misma.

OBJETO DE LA PROMOCIÓN
El objeto de la promoción es incentivar la suscripción de contratos de adquisición de energía eléctrica con Integra Energía, para ello cumpliendo las condiciones y requisitos de las presentes bases el beneficiario tendrá derecho a un incentivo consistente en la equipación arbitral para la temporada 2021-2022.

ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL
La participación en la presente promoción será gratuita y válida desde las 10:00 horas del día 02/08/2021 hasta las 00:00 horas del día 30/06/2022, para puntos de suministro de todo el territorio nacional, exceptuando Ceuta y Melilla. Se extenderá a los 1.000 primeros contratos firmados.

Se extenderá a los 1.000 primeros contratos firmados.

LEGITIMACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN
Podrán participar en la presente promoción las personas físicas mayores de 18 años, con residencia legal en España miembros del CTA de la FCYLF que sean titulares de un punto de suministro de electricidad, de uso residencial, que pueda ser comercializado por Integra Energía y contraten con la misma la adquisición de energía; así como las personas físicas con residencia legal en España que, no siendo titulares de un punto de suministro, sean designados como beneficiarios por el titular de un punto de suministro que contrate la adquisición de energía eléctrica con Integra Energía, conforme a las presentes bases.
Punto de suministro (CUPS): Quedan excluidos de la promoción aquellos CUPS con los que se hubiera participado en cualquier otra promoción organizada por INTEGRA ENERGÍA, independientemente del titular de dicho CUPS. Asimismo, quedan excluidos aquellos puntos de suministro que siendo de uso residencial se correspondan con la vivienda habitual.
La promoción está limitada a un incentivo por CUPS.
El contrato de adquisición de energía eléctrica, que en su caso se suscriba con Integra Energía se realiza dentro del denominado mercado libre, lo que implica que no resulta aplicable el PVPC ni la percepción del bono social.
El CLIENTE es informado de que, si cumple los requisitos para ser consumidor vulnerable, establecidos en el artículo 3 del R.D. 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, podrá solicitar a una de las empresas comercializadoras de referencia acogerse al bono social.
El enlace a la página web de la CNMC donde encontrará los datos necesarios para contactar con la comercializadora de referencia es el siguiente:
http:/www.cnmc.es/ámbitos-de-actuacion/energía/mercado-electrico#listados
Adicionalmente, si usted cumple los requisitos para ser vulnerable severo, puede ponerse en contacto con los servicios sociales del municipio y comunidad autónoma donde reside, para que le informen sobre la posibilidad de atender el pago de su suministro de electricidad.
Así mismo el cliente es informado de que en caso de que estuviese acogido actualmente al bono social, la firma del presente contrato en libre mercado implicará que no resulte aplicable el bono social, a lo que renuncia expresamente.
Esta promoción no es acumulable con otras promociones y/o descuentos, presentes o futuros, presentados por Integra Energía durante la vigencia del contrato de adquisición de energía para el CUPS con el que se ha participado en esta promoción.

DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO OBJETO DE LA PROMOCIÓN
El incentivo de la presente promoción consiste en un cupón que cumplidas las condiciones establecidas en estas bases se podrá canjear por la equipación arbitral de la temporada 2021/2022.
La equipación se entregará en la sede de la FCYL, sita en C/ Pedro de Valdivia, s/n 47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid), o aquella que en su caso la sustituya.
El incentivo está valorado en 40 euros IVA incluido (cuarenta euros IVA incluido).
El incentivo no será susceptible de cambio, alteración o compensación económica a petición de los participantes de la presente PROMOCIÓN. Si un participante rechaza el incentivo o no lo canjea a fecha 30/06/2022, no se le ofrecerá ningún premio alternativo.
La promoción está limitada a 1.000 unidades, que se corresponderán a los 1.000 primeros contratos validados correctamente, reservándose Integra Energía la posibilidad de ampliar dicha cantidad tantas veces como considere.
No se garantizan tallas ni modelos, ello dependerá de las existencias de la FCYLF.

MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Las personas que se encuentren legitimadas conforme a las presentes bases, para poder participar en la presente promoción, tendrán que llevar a cabo los siguientes pasos y en el orden que se indica.
En caso de que la contratación se efectúe a través de la web
https://promo.integraenergia.es/federacion-de-castilla-y-leon-de-futbol:
El titular del punto de suministro recibirá por parte de Integra Energía la información necesaria para contratar y adherirse a la promoción, la cual se le facilitará de forma telefónica, en el teléfono facilitado en el formulario a que se refiere el punto anterior.
Si acepta las condiciones generales del contrato de energía eléctrica y en su caso de gas o del servicio O+ que recibirá por vía telemática, si se da por informado en cuanto a la bases, información precontractual y su derecho de desistimiento durante el plazo de 14 días naturales desde la contratación, autoriza, en su caso, la tramitación del contrato de manera inmediata incluso con anterioridad a que trascurra dicho plazo, autoriza que se le realice una llamada de verificación del consentimiento incluso por medios automáticos, si se da por informado de la posibilidad de acogerse al PVPC y de solicitar el bono social, de cumplir las condiciones previstas en el R.D. 897,2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, lo cual sólo podrá ser aplicado por un comercializador de referencia, si renuncia a la aplicación del bono social a pesar de haber sido informado expresamente de que si cumpliera los requisitos para acogerse al bono social, la suscripción del nuevo contrato impedirá la aplicación de aquel. Una vez aceptado, el titular recibirá en el email facilitado el contrato junto con sus condiciones generales, así como el cupón promocional en el que se indica el beneficiario elegido por el contratante.
Realizado lo anterior por Integra Energía se llevarán a cabo los trámites pertinentes para que se haga efectivo el cambio de comercializador, así en el momento en el que por parte de la distribuidora se acepte el contrato se enviará un SMS/correo electrónico al contratante indicándole que la tramitación ha sido correcta y que el cupón ha sido validado.
Una vez el titular reciba dicho mensaje, el beneficiario podrá acudir a la FCYF, sita en C/ Pedro de Valdivia, s/n 47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid), o aquella que, en su caso, la sustituya, a canjear su cupón por el incentivo.
El incentivo se entregará por el personal responsable de la FCYLF, dichos colaboradores son quienes resultarán responsables de la entrega del incentivo. Por tanto, la única responsabilidad que asume Integra Energía es la de efectuar la entrega de los cupones y su validación conforme a lo previsto en estas condiciones. Los tiempos de entrega dependerán del stock de producto en tienda.
A los efectos del canje del incentivo, el beneficiario deberá actuar como se indica a continuación:
Una vez el titular ha recibido el mensaje de validación del cupón, el beneficiario para canjear el mismo, deberá acudir a la sede de la FCYLF, donde deberá presentar el D.N.I. o N.I.E., y el cupón, presentado lo anterior y comprobados los datos por el personal se le hará entrega de la equipación, siempre sujeto a la disponibilidad que en ese momento tenga la FCYLF.
La validación del cupón no supone en ningún caso la obligación de entrega inmediata de la camiseta, la cual como se dijo dependerá de la disponibilidad de la FCYLF, pudiendo realizarse la entrega a lo largo de la vigencia de la promoción, esto es hasta el 30/06/2022, y siempre dependiendo del stock disponible.

CAUSAS DE PÉRDIDA DEL INCENTIVO
El incumplimiento por parte del titular del contrato de adquisición de energía, vinculado a un cupón canjeado, de cualquiera de las condiciones generales que dé lugar a la finalización del contrato con anterioridad al plazo de doce meses desde su activación por la empresa distribuidora, dará lugar a la pérdida del incentivo lo que equivaldrá a que por parte de Integra Energía se cargará en la cuenta del titular la cantidad de 40,00 euros IVA incluido, valor del incentivo, junto con su última factura.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La empresa responsable de sus datos es INTEGRACIÓN EUROPEA DE ENERGÍA, S.A.U. con domicilio en C/ Dinamarca, 4. 33010 OVIEDO-ASTURIAS y C.I.F. B74309188. Sus datos serán tratados con la finalidad de gestionar la contratación de los servicios por parte de Integra Energía. La legitimación para el uso de sus datos está basada en recogida de su consentimiento. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal o autorización expresa prestada por usted. Los datos serán destruidos una vez comunique su baja y/o finalizados los períodos legales de conservación. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad o limitación del tratamiento, INTEGRACIÓN EUROPEA DE ENERGÍA, S.A.U. con domicilio en C/ Dinamarca, 4. 33010 OVIEDO-ASTURIAS y C.I.F. Información adicional en http://www.integraenergia.es/aviso-legal-politica Igualmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos si considera que sus derechos han sido vulnerados. Además, se le informa que podrá revocar en cualquier momento el consentimiento facilitado.

LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDADES Y RESERVA DE DERECHOS
Integra Energía no se responsabiliza por los servicios que terceras empresas deban prestar con ocasión de la presente promoción, ni de su política de privacidad, términos y condiciones de registro, protección de datos personales y propiedad intelectual. Integra Energía, no se hace responsable de la activación del contrato de acceso a las redes que en todo caso corresponderá a la empresa distribuidora, que será quien determine los plazos para la misma. La empresa distribuidora, con la que se contrata el acceso a las redes, será la única responsable de la calidad del servicio y de la energía entregada por la misma, así como de la reparación de cualquier avería en la red. Integra Energía, no se hace responsable de los incumplimientos contractuales o de cualquier otro tipo que el participante en esta promoción pudiera incurrir con su actual comercializadora de energía. Integra Energía se reserva el derecho a denegar el incentivo en caso de que detecte o sospeche que por parte de cualquier participante se esté impidiendo el normal desarrollo de la promoción, llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que contravengan la transparencia de la misma. El precio que figura en la información precontractual no es parte de la promoción y el mismo tiene la vigencia prevista en las mismas. Integra Energía se reserva el derecho de realizar modificaciones a las condiciones de la presente promoción, siempre que esté justificado y se comuniquen debidamente a los participantes las nuevas condiciones. Integra Energía se reserva el derecho de modificación, cancelación o suspensión de la promoción si por motivos ajenos a la misma la promoción no pudiera llevarse a cabo, ya sea por fraudes, errores, etc. Sin posibilidad para los participantes de exigir responsabilidad alguna a Integra Energía. Integra Energía, dentro de las limitaciones de la Ley, no es responsable de la pérdida o demora por cualquier interrupción, falta temporal de disponibilidad o de continuidad de funcionamiento, problema en la transmisión, pérdida de información, fraude, desperfecto en la red, problema de funcionamiento de Software, fallo de acceso, de comunicación o de respuesta o alteración de la Promoción por problemas técnicos o de otra naturaleza que escapen a su control.

RECLAMACIONES
Existe un servicio de atención al cliente donde se podrá dirigir al efecto de solicitar información, presentar quejas y/o reclamaciones y comunicar incidencias en relación al servicio contratado u ofertado. Pudiendo dirigirse a info@integraenergia.es, al teléfono gratuito de Atención al Cliente 800 808 208, a la dirección postal C/ Dinamarca, 4 POLÍGONO ESPÍRITU SANTO, 33010 OVIEDO – ASTURIAS, www.integraenergia.es y a cualquiera de las oficinas comerciales. Interpuesta una reclamación, si no fuera estimada o no hubiese sido contestada en el plazo de un mes desde su formulación el CLIENTE podrá interponer su reclamación ante la Junta Arbitral Nacional de Consumo, asimismo los usuarios que sean personas físicas podrán someter la controversia al Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante el procedimiento aprobado por el mismo, cuando tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales, incluidos todos los previstos en la Ley 24/2013 y sin perjuicio de las competencias del resto de Administraciones Públicas. No podrán ser objeto del procedimiento anterior las controversias que se encuentren reguladas por normativa distinta de la de protección específica de los usuarios finales de energía eléctrica. En su caso, para la resolución de litigios en línea conforme al Art. 14.1 del Reglamento (UE) 524/2013: La Comisión Europea facilita una plataforma de resolución de litigios, la cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/consumers/odr/. Igualmente, el CLIENTE podrá ejercitar las acciones legales que le correspondan ante los Juzgados y Tribunales del lugar donde se presten los servicios.

ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y FUERO
La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes condiciones y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe Integra Energía. Todos los conflictos que se susciten en aplicación de las presentes condiciones, se resolverán por los Juzgados y Tribunales del lugar en donde se ubica el CUPS en el que se realiza la entrega de la energía o el del domicilio del consumidor y usuario.