Bases promoción "Los ONchenta de Integra"
PROMOCIÓN "Los ONchenta de Integra"
TÉRMINOS Y CONDICIONES
Organizador de la promoción
Las presentes bases corresponden a la promoción “Los ONchenta de Integra" llevada a cabo por Integración Europea de Energía, S.A.U. con C.I.F.A74340464 y con domicilio en el Polígono Espíritu Santo, C/ Dinamarca n º 4, 33010 Oviedo, en adelante INTEGRA ENERGÍA, y en ellas se recogen las condiciones de la promoción y adhesión a la misma.
Objeto de la promoción
El objeto de la promoción es incentivar la suscripción de contratos de adquisición de energía eléctrica por parte de nuevos clientes. Cumpliendo las condiciones y requisitos de las presentes bases, el cliente tendrá derecho a un cupón que podrá canjear por el incentivo.
Ámbito temporal y territorial
La participación en la presente promoción será gratuita y válida desde las 10:00 horas del día 01/08/2026 hasta las 00:00 horas del día 30/09/2026, para Puntos de Suministro de todo el territorio nacional, exceptuando Ceuta y Melilla. El canje del cupón por el regalo no se podrá realizar más allá del 30/09/2026. Esta promoción queda limitada a los primeros 1.000 contratos validados por Integra Energia.
Legitimación para la participación
Personal: Podrán participar en la presente promoción las personas físicas mayores de 18 años con residencia legal en España, que sean titulares de un Punto de Suministro de electricidad, de uso residencial, que pueda ser comercializado por Integra Energía y contraten con la misma la adquisición de energía eléctrica; conforme a las presentes bases.
Punto de Suministro (CUPS): Se excluye todo CUPS cuyo uso no sea residencial, o que siendo residencial, no se corresponda con la vivienda habitual.
La promoción está limitada a un incentivo por CUPS.
El contrato de adquisición de energía eléctrica que se suscriba con Integra Energía se realiza dentro del denominado mercado libre, lo que implica que no resulta aplicable el Precio Voluntatio al Pequeño Consumidor (PVPC) ni la percepción del Bono Social.
El CLIENTE es informado de que, si cumple los requisitos para ser consumidor vulnerable, establecidos en el artículo 3 del R.D. 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el Bono Social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, podrá solicitar a una de las empresas comercializadoras de referencia acogerse al Bono Social.
El enlace a la página web de la CNMC donde encontrará los datos necesarios para contactar con la comercializadora de referencia es el siguiente: https://sede.cnmc.gob.es/listado/censo/10
Adicionalmente, si usted cumple los requisitos para ser vulnerable severo, puede ponerse en contacto con los servicios sociales del municipio y comunidad autónoma donde reside, para que le informen sobre la posibilidad de atender el pago de su suministro de electricidad.
Así mismo el cliente es informado de que en caso de que estuviese acogido actualmente al Bono Social, la firma del presente contrato en libre mercado implicará que no resulte aplicable el Bono Social.
Esta promoción no es acumulable con otras promociones y/o descuentos, presentes o futuros, presentados por Integra Energía durante la vigencia del contrato de adquisición de energía para el CUPS con el que se ha participado en esta promoción.
DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO OBJETO DE LA PROMOCIÓN
La promoción "Los ONchenta de Integra" consistirá en incentivar la contratación de energía eléctrica de Integra Energia. Cumplidas las condiciones de las presentes bases y una vez activado el punto de suministro por parte de la distribuidora, en un plazo de 72 horas hábiles, se le transferirán 80€ en la cuenta bancaria de la cliente indicada en el contrato.
A efectos fiscales, dicho incentivo tendrá la consideración de bonificación comercial sobre el contrato de suministro suscrito. INTEGRA ENERGÍA emitirá a favor del cliente una factura de abono por el importe total del incentivo (80€ IVA incluido), la cual documentará la minoración del precio del servicio y servirá como justificante del ingreso realizado. El desglose de base imponible e IVA en dicho documento responde exclusivamente al cumplimiento de las obligaciones de facturación vigentes y no supondrá coste adicional alguno para el cliente.
En los supuestos en los que el incentivo consista en la entrega de un bien material, tarjeta regalo o cualquier prestación de naturaleza no dineraria no será susceptible de cambio, alteración o compensación económica a petición de los participantes de la PROMOCIÓN. Asimismo, Si un participante rechaza el incentivo o no procede a su canje o aceptación a fecha 30/09/2026, no se le ofrecerá ningún incentivo alternativo o compensación.
MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Las personas que se encuentren legitimadas conforme a las presentes bases, y que deseen contratar con Integra Energía, deberán dirigirse a Integra Energía a través de cualquiera de las vías habilitadas a tal efecto (stand, vía telefónica, etc.) donde se les facilitará la información necesaria para acogerse a la presente promoción, o entrar en la página https://promo.integraenergia.es/cupon-80-integra-energia y seguir las indicaciones. Recibirá, por medio de correo electrónico, la información precontractual, las bases de la promoción, el contrato junto con sus condiciones generales, y el Anexo de Precios. Verificado lo anterior, accederá a la confirmación del contrato donde el titular del Punto de Suministro deberá aceptar las bases de la promoción, la información precontractual, las condiciones generales del contrato de electricidad, las condiciones generales del contrato de gas, las condiciones generales de facturación electrónica. Deberá aceptar haber sido informado de la posibilidad de acogerse al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) y de solicitar el Bono Social, y haber sido informado del derecho de desistimiento que aparece en las Condiciones Generales, así como haber tenido acceso al Documento de Desistimiento incluido en las Condiciones Generales. Deberá solicitar que se tramite el contrato de forma inmediata, previa a finalizar el periodo de desistimiento, solicitar que Integra Energía suscriba, como sustituto, el contrato de Acceso de Terceros a la Red (ATR) con la distribuidora de zona y tramite el cambio de comercializador, debiendo autorizar el acceso a los datos de los suministros de los que sea titular. Asimismo, deberá aceptar la domiciliación bancaria en la cuenta con el IBAN que ha facilitado, autorizar la verificación de consentimiento vía telefónica, incluso por sistemas automatizados, y aceptar, en su caso, recibir información comercial, ofertas o campañas promocionales. Una vez, realizado lo anterior, el participante podrá recibir una llamada, que podrá ser realizada por medios automáticos, para verificar finalmente el consentimiento dado en la contratación, a la que deberá atender correctamente, y recibir el cupón. Tras la contratación, por Integra Energía se llevarán a cabo los trámites pertinentes para que se haga efectivo el cambio de comercializador, así en el momento en el que por parte de la distribuidora se acepte el contrato se enviará un SMS/correo electrónico al contratante indicándole que la tramitación ha sido correcta y que el cupón ha sido validado. Una vez confirmada la activación del cupón, podrá acudir a https://cupones.integraenergia.es/losonchenta para canjearlo. Deberá incluir en dicha web su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y el código incluido en el cupón recibido. Una vez formalizado el canjeo, en un plazo de 72 horas hábiles, recibirá en su cuenta bancaria 80€.
CONDICIONES ADICIONALES PARA ACCEDER AL INCENTIVO
Únicamente se procederá a la entrega del incentivo al titular del Punto de Suministro (CUPS) vinculado al código que figure en el cupón promocional activado. El beneficiario deberá disponer del cupón activado y el D.N.I. o N.I.E. En todo caso el titular y el beneficiario deberán cumplir las condiciones de esta promoción.
CASUÍSTICA
- Caso de un titular de un Punto de Suministro (CUPS): podrá contratar el mismo con Integra Energía, y obtener un cupón.
- Caso de un titular de varios Puntos de Suministro: podrá contratar todos ellos con Integra Energía, y obtener un cupón por cada uno de los Puntos de Suministro.
TITULARIDAD DE LA CUENTA
Para que el abono del incentivo sea efectivo, es condición indispensable que los datos de identidad del titular del contrato de suministro de energía eléctrica con INTEGRA ENERGÍA coincidan plenamente con los datos de titularidad de la cuenta bancaria (IBAN) designada para el ingreso.
El cliente, al aceptar las presentes bases, manifiesta y garantiza bajo su responsabilidad que es el titular legítimo de la cuenta bancaria facilitada y que los datos proporcionados son veraces, exactos y se encuentran vigentes.
La responsabilidad sobre cualquier error, demora o imposibilidad de ejecución del abono derivada de la inexactitud de los datos bancarios o de la falta de coincidencia en la titularidad recaerá exclusivamente sobre el cliente. INTEGRA ENERGÍA queda exonerada de cualquier obligación de realizar un segundo abono o de indemnizar al cliente si el pago no pudiera procesarse por estas causas imputables al interesado.
CAUSAS DE PÉRDIDA DEL INCENTIVO
Supondrá la pérdida del incentivo y por tanto la obligación por parte del titular de pagar el valor del mismo a Integra Energía lo siguiente:
- Que el CUPS asociado a la entrega del incentivo cause baja en Integra Energía, por cualquier causa, antes de cumplirse los doce meses de duración del contrato.
- El incumplimiento de la obligación de pago, aunque no suponga la baja del CUPS asociado al incentivo.
- El desistimiento del contrato.
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDADES Y RESERVA DE DERECHOS
Integra Energía no se responsabiliza por los servicios que terceras empresas deban prestar con ocasión de la presente promoción, ni de su política de privacidad, términos y condiciones de registro, protección de datos personales y propiedad intelectual. Integra Energía no se hace responsable de la activación del contrato de acceso a las redes que en todo caso corresponderá a la empresa distribuidora, que será quien determine los plazos para la misma. La empresa distribuidora, con la que se contrata el acceso a las redes, será la única responsable de la calidad del servicio y de la energía entregada por la misma, así como de la reparación de cualquier avería en la red. Integra Energía no se hace responsable de los incumplimientos contractuales o de cualquier otro tipo que el participante en esta promoción pudiera incurrir con su actual comercializadora de energía. Integra Energía se reserva el derecho a denegar el incentivo en caso de que detecte o sospeche que por parte de cualquier participante se esté impidiendo el normal desarrollo de la promoción, llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que contravengan la transparencia de la misma. Integra Energía se reserva el derecho de realizar modificaciones a las condiciones de la presente promoción siempre que esté justificado y se comunique debidamente, o, en su caso, cambiar los premios de la misma por otros de valor equivalente por causa justificada, como pudiera ser la falta de stock. Integra Energía se reserva el derecho de modificación, cancelación o suspensión de la promoción si por motivos ajenos a la misma la promoción no pudiera llevarse a cabo, ya sea por fraudes, errores, etc. Sin posibilidad para los participantes de exigir responsabilidad alguna a Integra Energía, si lo anterior está debidamente justificado. Integra Energía, dentro de las limitaciones de la Ley, no es responsable de la pérdida o demora por cualquier interrupción, falta temporal de disponibilidad o de continuidad de funcionamiento, problema en la transmisión, pérdida de información, fraude, desperfecto en la red, problema de funcionamiento de Software, fallo de acceso, de comunicación o de respuesta o alteración de la Promoción por problemas técnicos o de otra naturaleza que escapen a su control.
RECLAMACIONES
Existe un servicio de Atención al Cliente donde se podrá dirigir al efecto de solicitar información, presentar quejas y/o reclamaciones y comunicar incidencias en relación al servicio contratado u ofertado. Pudiendo dirigirse a att.clientes@integraenergia.es, al teléfono gratuito de Atención al Cliente 800 808 208, a la dirección postal C/ Dinamarca, 4 POLÍGONO ESPÍRITU SANTO, 33010 OVIEDO – ASTURIAS, www.integraenergia.es y a cualquiera de las oficinas comerciales. Interpuesta una reclamación, si no fuera estimada o no hubiese sido contestada en el plazo de un mes desde su formulación el CLIENTE podrá interponer su reclamación ante la Junta Arbitral Nacional de Consumo. Asimismo, los usuarios que sean personas físicas podrán someter la controversia al Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante el procedimiento aprobado por el mismo, cuando tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales, incluidos todos los previstos en la Ley 24/2013 y sin perjuicio de las competencias del resto de Administraciones Públicas. No podrán ser objeto del procedimiento anterior las controversias que se encuentren reguladas por normativa distinta de la de protección específica de los usuarios finales de energía eléctrica. En su caso, para la resolución de litigios en línea conforme al Art. 14.1 del Reglamento (UE) 524/2013, la Comisión Europea facilita una plataforma de resolución de litigios en línea, la cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/consumers/odr/. Igualmente, el CLIENTE podrá ejercitar las acciones legales que le correspondan ante los Juzgados y Tribunales del lugar donde se presten los servicios.
Aceptación de las condiciones y fuero
La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe Integra Energía. Todos los conflictos que se susciten en aplicación de las presentes condiciones, se resolverán por los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor.